Mediante el presente Acto Legislativo, se le conceden funciones adicionales a los Órganos del Estado y a funcionarios de mando y jurisdicción a nivel nacional, en cuanto a responsabilidades y a los nombramientos que deberán coordinar. TEMAS RELACIONADOS: ORGANO EJECUTIVO, PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, ACTO LEGISLATIVO, ASAMBLEA NACIONAL, CONSTITUCION POLITICA, CONSTITUCIONES.
Fecha de norma: 04/03/1946
Gaceta: 9938 (04/03/1946)
Afectación: REFORMA PARCIALMENTE
El Acto Legislativo No. 2 de 29 de enero de 1963, Reforma los Artículos 119, 144, 162 y 178, de la Constitución Nacional de 1946.