Datos generales
Norma: LEY
Número de norma: 38
Fecha de la norma: 30/01/1963
Autoridad: ASAMBLEA NACIONAL
Vigencia: DESDE SU PROMULGACION
Gacetas: 14810 (05/02/1963)
Título: POR LA CUAL SE DEROGAN LOS ACAPITES C DEL ARTICULO 1° Y EL ACAPITE C DEL ARTICULO 3° Y SE MODIFICAN LOS ACAPITES D DEL ARTICULO 2° Y EL ACAPITE E DEL ARTICULO 4° DEL DECRETO LEY NUMERO 8 DE 8 DE MAYO DE 1958 "POR EL CUAL SE SEÑALAN LOS HONORARIOS DE LOS FUNCIONARIOS CONSULARES PANAMEÑOS ACREDITADOS EN EL EXTERIOR".
Comentario:

La presente norma deroga y modifica algunas disposiciones que regulan los honorarios de los funcionarios consulares panameños acreditados en el exterior. TEMAS RELACIONADOS: CONSULADO, SERVICIO CONSULAR, LEY, FUNCIONARIO CONSULAR, HONORARIOS, ASAMBLEA NACIONAL, CONSUL.

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Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
14810 05/02/1963 Ver
Temas en la norma
Materia
ASAMBLEA NACIONAL
CONSUL
CONSULADO
FUNCIONARIO CONSULAR
HONORARIOS
LEY
SERVICIO CONSULAR
Jurisprudencia constitucional
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Referencias
LEY 38
REFERENCIAS POSTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
45 14/02/1969 16310 03/03/1969 SUSPENDIDOS SUS EFECTOS PARCIALMENTE POR Los efectos de esta Ley fueron suspendidos en lo que en dicha disposición se refiere a los Cónsules Rentados o de Carrera, por el Decreto de Gabinete número 45 de 14 de febrero de 1969.
LEY 38
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
8 08/05/1958 13538 14/05/1958 DEROGA Y MODIFICA PARCIALMENTE A través de esta norma, se derogan el acápite c) del artículo 1 y el acápite c) del artículo 3 del Decreto Ley 8 de 8 de mayo de 1958. Asimismo, se modificaron los acápites d) del artículo 2 y el e) del artículo 4 de la misma disposición legal.
Referencias posteriores

Fecha de norma: 14/02/1969

Gaceta: 16310 (03/03/1969)

Afectación: SUSPENDIDOS SUS EFECTOS PARCIALMENTE POR

Los efectos de esta Ley fueron suspendidos en lo que en dicha disposición se refiere a los Cónsules Rentados o de Carrera, por el Decreto de Gabinete número 45 de 14 de febrero de 1969.

Referencias anteriores

Fecha de norma: 08/05/1958

Gaceta: 13538 (14/05/1958)

Afectación: DEROGA Y MODIFICA PARCIALMENTE

A través de esta norma, se derogan el acápite c) del artículo 1 y el acápite c) del artículo 3 del Decreto Ley 8 de 8 de mayo de 1958. Asimismo, se modificaron los acápites d) del artículo 2 y el e) del artículo 4 de la misma disposición legal.

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