La referida Ley modificó el Artículo 2034 del Código Judicial, que dispuso que no se instruiría proceso en los casos de muerte natural comprobada, y los Artículos 181 y 182 del Libro Primero del Código Judicial, sobre atribuciones de los Jueces Municipales y competencia de autoridades de policía en los procesos por delitos contra la propiedad y lesiones. Quedaron derogadas las disposiciones que fueran contrarias a la presente Ley. TEMAS RELACIONADOS: JUZGADOS MUNICIPALES, LEY, AUTORIDADES DE POLICIA, CODIGO JUDICIAL, COMPETENCIA, SUMARIOS.
Fecha de norma: 30/09/1946
Gaceta: 10113 (02/10/1946)
Afectación: REFORMA PARCIALMENTE
La presente Ley reformó los Artículos 181 y 182 del Libro Primero del Código Judicial.
Fecha de norma: 22/08/1916
Gaceta: 2418 (07/09/1916)
Afectación: ADICIONA PARCIALMENTE
La presente Ley adicionó el Código Judicial con el Artículo 2034-A.