Datos generales
Norma: LEY
Número de norma: 50
Fecha de la norma: 29/03/1919
Autoridad: ASAMBLEA NACIONAL
Vigencia: PUBLIQUESE Y EJECUTESE
Gacetas: 3072 (22/04/1919)
Título: SOBRE REGISTRO CIVIL EN LA REPUBLICA.
Comentario:

A través de la presente Ley, se asignó a los Alcaldes de los Distritos y a los Corregidores de Policía en las Aldeas o Barrios de los Distritos, las funciones de Registradores Auxiliares. Además, se determinó quiénes podían desempeñar accidentalmente estas funciones, y se estableció el período en el cargo de los Jefes de las oficinas de Registro Civil y de la Propiedad. TEMAS RELACIONADOS: NACIMIENTO, LEY, MATRIMONIO, CORREGIDORES, CODIGO CIVIL, ASAMBLEA NACIONAL, REGISTRO CIVIL, REGISTRADORES AUXILIARES, ALCALDES.

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Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
3072 22/04/1919 Ver
Temas en la norma
Materia
ALCALDES
ASAMBLEA NACIONAL
CODIGO CIVIL
CORREGIDORES
LEY
MATRIMONIO
NACIMIENTO
REGISTRADORES AUXILIARES
REGISTRO CIVIL
Jurisprudencia constitucional
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Referencias
LEY 50
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
2 (C. CIVIL) 22/08/1916 2418 07/09/1916 REFORMA Y SUBROGA PARCIALMENTE Esta Ley reformó el Artículo 312 y subrogó el Artículo 313 del Código Civil.
Referencias anteriores

Fecha de norma: 22/08/1916

Gaceta: 2418 (07/09/1916)

Afectación: REFORMA Y SUBROGA PARCIALMENTE

Esta Ley reformó el Artículo 312 y subrogó el Artículo 313 del Código Civil.

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