Mediante este Fallo la Corte Suprema de Justicia, declara Inconstitucional el artículo 56-L del Decreto Ley N°14 de 1954, introducido por el Artículo 85 del Decreto Ley N°9 de 1 de agosto de 1962, en la parte que dice: "Esta disposición tendrá efecto únicamente para las pensiones que sean concedidas después de entrar en vigencia este Decreto Ley y de ninguna manera se referirá a las ya concedidas". TEMAS RELACIONADOS: PENSION, CAJA DE SEGURO SOCIAL, CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, FALLO DE INCONSTITUCIONALIDAD.
Fecha de norma: 27/08/1954
Gaceta: 12467 (10/09/1954)
Afectación: DECLARA PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL
La presente Norma declara inconstitucional el Artículo 54-L del Decreto-Ley N° 14 de 1954.