Datos generales
Norma: DECRETO DE GABINETE
Número de norma: 75
Fecha de la norma: 21/03/1969
Autoridad: JUNTA PROVISIONAL DE GOBIERNO
Vigencia: DESDE SU PROMULGACION
Gacetas: 16328 (27/03/1969)
Título: POR EL CUAL SE REFORMA EL ARTICULO 1670 DEL CODIGO CIVIL.
Comentario:

El presente Decreto de Gabinete reformó el Artículo 1670 del Código Civil, que se refiere a la prescripción como forma de extinción de los derechos y acciones, y que declara la imprescriptibilidad de las tierras de propiedad de la Nación, de los Municipios y de las entidades autónomas y semi-autónomas oficiales. Nota Este Decreto de Gabinete se reproduce en el número 16,331 de la Gaceta Oficial de 1 de abril de 1969, para subsanar un error en la última línea de su Artículo Primero, en el texto que aparece publicado en esta Gaceta. TEMAS RELACIONADOS: PRESCRIPCION, CODIGO CIVIL, ACCIONES, DECRETO DE GABINETE, JUNTA PROVISIONAL DE GOBIERNO, IMPRESCRIPTIBILIDAD.

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Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
16328 27/03/1969 Ver
Temas en la norma
Materia
ACCIONES
CODIGO CIVIL
DECRETO DE GABINETE
IMPRESCRIPTIBILIDAD
JUNTA PROVISIONAL DE GOBIERNO
PRESCRIPCION
Jurisprudencia constitucional
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Referencias
DECRETO DE GABINETE 75
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
2 (C. CIVIL) 22/08/1916 2418 07/09/1916 REFORMA PARCIALMENTE Este Decreto de Gabinete reformó el Artículo 1670 del Código Civil.
Referencias anteriores

Fecha de norma: 22/08/1916

Gaceta: 2418 (07/09/1916)

Afectación: REFORMA PARCIALMENTE

Este Decreto de Gabinete reformó el Artículo 1670 del Código Civil.

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