Mediante la referida Ley se autoriza al Poder Ejecutivo para auxiliar a cualquier Colegio privado de la capital, de la forma establecida en la Ley No. 77 de 1904 y también para que se otorguen algunas de las becas señaladas en la Ley No. 11 de 1904 a panameños pobres que estudien en el extranjero. Esta Norma amplía el Artículo 9 de la Ley No. 11 de 1904. TEMAS RELACIONADOS: BECAS, ESCUELAS, LEY, AUXILIO ECONOMICO.
Fecha de norma: 26/02/1913
Gaceta: 1889 (13/03/1913)
Afectación: DEROGADO POR
Esta Ley fue derogada por la Ley número 31 de 26 de febrero de 1913.
Fecha de norma: 26/09/1906
Gaceta: 358 (28/09/1906)
Afectación: DESARROLLADO POR
La presente Norma ha sido desarrollada por la Ley 6 de 1906, sobre auxilio a colegios privados y becas.
Fecha de norma: 23/03/1904
Gaceta: 12 (13/04/1904)
Afectación: AMPLIA PARCIALMENTE
La mencionada Norma amplía el artículo 9 de la Ley No. 11 de 1904.