Por medio del presente Decreto, el Ministerio de Trabajo y Bienestar Social fijó el salario mínimo por hora que debían devengar ciertos trabajadores en los corregimientos de Ancón y Cristóbal, y se dictaron otras disposiciones sobre la materia. TEMAS RELACIONADOS: SALARIO, MINISTERIO DE TRABAJO Y BIENESTAR SOCIAL, DECRETO, SALARIO MINIMO, TRATADO, TRABAJADORES, ACTIVIDADES ECONOMICAS.
Fecha de norma: 16/01/1997
Gaceta: 23208 (21/01/1997)
Afectación: DEROGADO POR
Este decreto fue derogado por la ley 5 de 16 de enero de 1997.