29/01/2026
PRIMERO: ORDENA la acumulación de la entrada N° 119313-2025 que contiene la Acción de Inconstitucionalidad presentada por el abogado Antonio E. Moreno Correa, actuando en nombre de la Contraloría General de la República, para que se declara que es inconstitucional el Contrato celebrado entre el Estado y la sociedad PANAM PORTS COMPANY, S.A., aprobado por la Ley N° 5 de 16 de enero de 1997, sus Adendas y prorrogado automáticamente en virtud de lo estipulado en su Cláusula 2.9.; a la entrada identificada con el N° 17547-2025 que contiene la Acción de Inconstitucionalidad presentada por los abogados Norman Castro y Julio Fidel Macías Hernández, actuando en sus propios nombres, para que declare que es inconstitucional el artículo 1 de la Ley n°5 de 16 de enero de 1997 “por la cual se aprueba el contrato a celebrarse entre el Estado y la sociedad PANAMA PORTS COMPANY, S.A., para el desarrollo, construcción, operación, administración y dirección de las terminales portuarias de contenedores, ro-ro, de pasajeros, carga a granel y carga general en los puertos de Balboa y Cristóbal”.
SEGUNDO: DECLARA QUE ES INCONSTITUCIONAL la Ley N° 5 de 16 de enero de 1997 “Por la cual se aprueba el contrato a celebrarse entre el Estado y la sociedad Panama Ports Company, S.A., para el desarrollo, construcción, operación, administración y dirección de las terminales portuarias de contenedores, ro-ro, de pasajeros, carga a granel y carga general en los puertos de Balboa y Cristóbal” y sus adendas.
TERCERO: DECLARA QUE ES INCONSTITUCIONAL la Prórroga, sus actos inherentes previos y posteriores, tales como, pero sin limitar, la Resolución J.D. No.043-2021 de 23 de junio de 2021 de la Junta Directiva de la Autoridad Marítima de Panamá y la Certificación No. S.G.-No. 021-06-2021 de 28 de junio de 2021 del Administrador de Autoridad Marítima de Panamá, del Contrato entre el Estado y la sociedad PANAMÁ PORTS COMPANY, S.A., para el Desarrollo, Construcción, Operación, Administración y Dirección de las Terminales Portuarios de los Contenedores, Ro-Ro, de Pasajeros, Carga a Granel y Carga General en los Puertos de Balboa y Cristóbal.