Mediante la presente norma, se adoptan una serie de medidas tendientes a incentivar en la República la actividad de la Construcción, como la exoneración del impuesto a la transferencia de inmuebles la primera operación de ventas de viviendas nuevas, la exoneración de pago de Impuesto Sobre la Renta, sobre las utilidades que se deriven de la enagenación de bienes inmuebles que se inviertan en nuevas construcciones, entre otras medidas. Nota: Por error involuntario en el contenido de esta ley, la misma fue publicada íntegramente en la Gaceta Oficial n.° 19,783 de 4 de abril de 1983.. TEMAS RELACIONADOS: MEDIDAS FISCALES, PERMISO DE CONSTRUCCION, LEY, EXONERACION DE IMPUESTOS, INDUSTRIA, EXONERACION, CONSTRUCCION, IMPUESTO SOBRE LA RENTA, INCENTIVOS, BIENES INMUEBLES, CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
Fecha de norma: 11/08/1986
Gaceta: 20619 (18/08/1986)
Afectación: DEROGADO PARCIALMENTE POR
Los Artículos 1 y 6 de esta Ley fueron derogados por la Ley número 19 de 11 de agosto de 1986.
Fecha de norma: 30/06/1985
Gaceta: 20346 (11/07/1985)
Afectación: MODIFICADO PARCIALMENTE POR
Por medio de la Ley 6 de 30 de junio de 1985, se modifica al artículo 1° de la Ley No.6 de 14 de marzo de 1983.
Fecha de norma: 30/12/1974
Gaceta: 17773 (03/02/1975)
Afectación: MODIFICA PARCIALMENTE
La Ley 6 de 14 de marzo de 1983, modifica el Artículo 4 de la Ley 106 de 30 de diciembre de 1974.
Fecha de norma: 04/10/1973
Gaceta: 17456 (22/10/1973)
Esta Ley, modifica el parágrafo del artículo 10 de la Ley No. 100 de 4 de octubre de 1973.
Fecha de norma: 27/01/1956
Gaceta: 12995 (29/06/1956)
El Código Fiscal ha sido modificado en el acápite a), del artículo 701 y el literal c), del artículo 697, por la Ley No. 6 de 14 de marzo de 1983.