Datos generales
Norma: LEY
Número de norma: 4
Fecha de la norma: 14/02/1984
Autoridad: CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
Vigencia: A PARTIR DE SU PROMULGACION
Gacetas: 19996 (14/02/1984)
Título: POR LA CUAL SE MODIFICA EL ARTICULO 30, DE LA LEY 11 DE 10 DE AGOSTO DE 1983.
Comentario:

Mediante la referida Ley, se modificó el Artículo 30 de la Ley número 11 de 10 de agosto de 1983, que estableció que los fucnionarios que hubieran ejercido determinados cargos públicos, en cualquier tiempo durante los seis meses anteriores a la fecha en que se hiciera la elección, no serían elegibles para los cargos de Presidente de la República, Vicepresidentes de la República, Legisladores, Alcaldes, ni para otros cargos de elección popular. TEMAS RELACIONADOS: DERECHOS POLITICOS, LEGISLADORES, LEY, PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, SUFRAGIO, CARGO PUBLICO, ELECCIONES POPULARES, CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION.

Vigencias de la norma
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Archivos Fuentes
Archivos de la norma
Nombre de archivo Archivo
19996_19550.pdf Ver

Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
19996 14/02/1984 Ver
Temas en la norma
Materia
CARGO PUBLICO
CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
DERECHOS POLITICOS
ELECCIONES POPULARES
LEGISLADORES
LEY
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
SUFRAGIO
Jurisprudencia constitucional
No hay jurisprudencia constitucional relacionada.
Referencias
LEY 4
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
11 10/08/1983 19875 12/08/1983 MODIFICA PARCIALMENTE La mencionada Ley modifica el Artículo 30 del Código Electoral (Ley 11 de 10 de agosto de 1983).
Referencias anteriores

Fecha de norma: 10/08/1983

Gaceta: 19875 (12/08/1983)

Afectación: MODIFICA PARCIALMENTE

La mencionada Ley modifica el Artículo 30 del Código Electoral (Ley 11 de 10 de agosto de 1983).

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