Fecha de norma: 27/01/1956
Gaceta: 12995 (29/06/1956)
Afectación: MODIFICA, ADICIONA Y DEROGA PARCIALMENTE
Esta Ley modificó los artículos 318 y 732, el Título XI del Libro Cuarto (artículos 1010, 1011, 1012 y 1013), y los literales b) del parágrafo 1 y c) del parágrafo 4 del artículo 1057-V; adicionó el Título XXIII al Libro Cuarto (artículo 1057-X); y derogó, según disposición expresa del parágrafo 10 del artículo 1057-X, los siguientes artículos: A) el literal c) del parágrafo 1, el literal b) del parágrafo 2, y el literal f) del parágrafo 5 del artículo 1057-V; B) los numerales 4 y 5 del artículo 964; C) el numeral 6 del artículo 964, en la parte que se refiere a recibos expedidos como consecuencia de realizar actividades gravadas con este impuesto; CH) los numerales 1 y 2 del artículo 965; D) el Capítulo IV del Título VIII del Libro Cuarto (artículos 982, 983, 984 y 985); E) el Título XII del Libro Cuarto (artículos 1014, 1015, 1016, 1017, 1018, 1019, 1020, 1021 y 1022); y, F) el literal b) del parágrafo del artículo 967 del Código Fiscal, en la parte que pudiera afectar a la instrumentación de hechos gravados con este impuesto.