A través de este Decreto de Gabinete, se derogó el Decreto Ley número 7 de 9 de octubre de 1989, por el cual reguló el derecho de asociación en general, y se recobró la vigencia del Título II del Libro Primero del Código Civil, de las Personas Jurídicas. TEMAS RELACIONADOS: PERSONA JURIDICA, CODIGO CIVIL, CONSEJO DE GABINETE, DECRETO DE GABINETE, DECRETO LEY, DERECHO DE ASOCIACION.
Fecha de norma: 09/10/1989
Gaceta: 21394 (10/10/1989)
Afectación: DEROGA
El presente Decreto de Gabinete derogó el Decreto Ley número 7 de 9 de octubre de 1989.
Fecha de norma: 22/08/1916
Gaceta: 2418 (07/09/1916)
Afectación: RESTABLECE LA VIGENCIA PARCIALMENTE
Este Decreto de Gabinete restableció la vigencia del Título II del Libro Primero del Código Civil, que comprende los Artículos 64 al 75.