Por medio de la excerpta legal en mención, se prorrogaron por un período de dos años todas las convenciones colectivas de trabajo vigentes, a partir de la fecha de la respectiva expiración en el caso de que vencieran en 1991 y 1992, o desde la fecha de entrada en vigencia de esta Ley. Así mismo, fueron adicionados artículos del Código de Trabajo en lo referente al término de suspensión de los contratos de trabajo y el procedimiento de arbitraje como forma de solución de conflictos colectivos. TEMAS RELACIONADOS: JURISDICCION LABORAL, LEY, ARBITRAJE, ASAMBLEA NACIONAL, CODIGO DE TRABAJO, TRABAJO, CONTRATO DE TRABAJO, TRABAJADORES, DERECHO LABORAL, JUNTA DE CONCILIACION Y DECISION, CONVENCION COLECTIVA DE TRABAJO.
Fecha de norma: 13/01/1993
Gaceta: 22204 (14/01/1993)
Afectación: DEROGADO PARCIALMENTE POR
La parte final del primer párrafo del Artículo 1 y el Artículo 2 de la presente Ley fueron derogados por Ley número 2 de 13 de enero de 1993.
Fecha de norma: 30/12/1971
Gaceta: 17040 (18/02/1972)
Afectación: ADICIONA PARCIALMENTE
Esta Ley adicionó los Artículos 203 y 452 del Código de Trabajo.