| Comentario: |
El presente Texto Único, publicado por disposición expresa del Artículo 98 de la Ley número 7 de 27 de mayo de 1992, ordenó sistemáticamente, con una numeración corrida, las disposiciones de la Ley número 49 de 4 de diciembre de 1984, por la cual se dictó el Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Legislativa, y de la Ley número 7 de 27 de mayo de 1992. El apuntado Reglamento Orgánico regula, entre la variedad de aspectos que comprende, lo concerniente a la instalación y sesiones de la Asamblea Legislativa, sus dignatarios y demás funcionarios que la conforman; la integración y funcionamiento de las distintas Comisiones; los debates, discusión y votación de los proyectos de leyes; el envío de proyectos al Órgano Ejecutivo; y las acusaciones ante la Asamblea. Nota: Las disposiciones de este Reglamento Orgánico fueron ordenadas sistemáticamente, en una segunda ocasión, por el Texto Único que aparece publicado en el número 23,539 de la Gaceta Oficial de 11 de mayo de 1998. TEMAS RELACIONADOS: DIPUTADOS, LEGISLADORES, ASAMBLEA LEGISLATIVA, ASAMBLEA NACIONAL, REGLAMENTO, REGLAMENTO INTERNO, SESIONES EXTRAORDINARIAS, SESIONES ORDINARIAS, TEXTO UNICO, COMISIONES PERMANENTES, REGIMEN INTERNO. |