Datos generales
Norma: FALLO
Número de norma: S/N-1
Fecha de la norma: 18/03/1991
Autoridad: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Vigencia: COPIESE Y NOTIFIQUESE
Gacetas: 21904 (29/10/1991)
Título: FALLO DE 18 DE MARZO DE 1991.
Comentario:

A través del mencionado Fallo, el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, declara inconstitucionales la frase "después de la ejecutoría del auto de enjuiciamiento" del Artículo 2214 del Código Judicial, el cual regula la facultad de las partes para promover incidencias; y el Artículo 2289 del mismo cuerpo normativo, referente a los incidentes de controversia. La inconstitucionalidad de dichas disposiciones es declarada, ya que las mismas contravenían el Artículo 17 de la Constitución Nacional, el cual establece las funciones de las autoridades nacionales. TEMAS RELACIONADOS: INCONSTITUCIONALIDAD, CODIGO JUDICIAL, CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SENTENCIA, JUICIO, FALLO DE INCONSTITUCIONALIDAD.

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Nombre de archivo Archivo
21904_23954.pdf Ver

Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
21904 29/10/1991 Ver
Temas en la norma
Materia
CODIGO JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
FALLO DE INCONSTITUCIONALIDAD
INCONSTITUCIONALIDAD
JUICIO
SENTENCIA
Jurisprudencia constitucional
No hay jurisprudencia constitucional relacionada.
Referencias
FALLO S/N-1
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
29 25/10/1984 20199 06/12/1984 DECLARA PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL El comentado fallo declaró que eran inconstitucionales la frase "después de la ejecutoría del auto de enjuiciamiento", contenida en el Artículo 2214 del Código Judicial, así como el Artículo 2289 del mismo cuerpo normativo.
Referencias anteriores

Fecha de norma: 25/10/1984

Gaceta: 20199 (06/12/1984)

Afectación: DECLARA PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL

El comentado fallo declaró que eran inconstitucionales la frase "después de la ejecutoría del auto de enjuiciamiento", contenida en el Artículo 2214 del Código Judicial, así como el Artículo 2289 del mismo cuerpo normativo.

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