Mediante el citado Decreto Ejecutivo, se facultó a la Dirección General de Recursos Marinos del Ministerio de Comercio e Industrias, para que expida un máximo de diez (10) licencias de pesca de camarón de profundidad, para las especies conocidas como Cabezón y Fidel. TEMAS RELACIONADOS: PESCA, MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS, DECRETO EJECUTIVO, LICENCIA DE PESCA.
Fecha de norma: 04/10/1994
Gaceta: 22653 (27/10/1994)
Afectación: DEROGADO POR
Este Decreto es derogado por el Decreto Ejecutivo No. 76, de 4 de octubre de 1994.
Fecha de norma: 28/02/1985
Gaceta: 20261 (11/03/1985)
Afectación: REGLAMENTA PARCIALMENTE
El presente Decreto, reglamenta al Decreto No. 10 de 28 de febrero de 1985, en su artículo 5.