El apuntado Reglamento Orgánico regula, entre la variedad de aspectos que comprende, lo concerniente a la instalación y sesiones de la Asamblea Legislativa, sus dignatarios y demás funcionarios que la conforman; la integración y funcionamiento de las distintas Comisiones; los debates, discusión y votación de los proyectos de leyes; el envío de proyectos al Órgano Ejecutivo; y las acusaciones ante la Asamblea. Nota: Las disposiciones de este Reglamento Orgánico fueron ordenadas sistemáticamente, en una primera ocasión, mediante Texto Único que aparece publicado en el número 22,111 de la Gaceta Oficial de 30 de julio de 1992. TEMAS RELACIONADOS: DIPUTADOS, LEGISLADORES, LEY, ASAMBLEA LEGISLATIVA, ASAMBLEA NACIONAL, REGLAMENTO, REGLAMENTO INTERNO, SESIONES EXTRAORDINARIAS, SESIONES ORDINARIAS, TEXTO UNICO, COMISIONES PERMANENTES, REGIMEN INTERNO.
Fecha de norma: 04/12/1984
Gaceta: 20198 (05/12/1984)
Afectación: ORDENA SISTEMATICAMENTE
El presente Texto Único ordenó sistemáticamente, con una numeración corrida, las disposiciones de la Ley número 49 de 4 de diciembre de 1984.