Datos generales
Norma: LEY
Número de norma: 28
Fecha de la norma: 01/08/1997
Autoridad: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Vigencia: A PARTIR DE SU PROMULGACION
Gacetas: 23346 (02/08/1997)
Título: POR LA QUE SE CREAN LAS JUNTAS EDUCATIVAS REGIONALES Y LAS JUNTAS EDUCATIVAS ESCOLARES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.
Comentario:

Por medio de la aludida Ley se crearon las juntas educativas regionales y las juntas educativas escolares, como parte del Ministerio de Educación. Las juntas educaticas regionales tendrían la función de organizar el proceso de reclutamiento para nombramientos y traslados y confeccionar las lista de aspirantes elegibles para ocupar vacantes del personal docente, directivo y de supervisión. Por su parte, las juntas educativas escolares tendrían la función de apoyar el desarrollo del proyecto educativo del centro escolar. En adición, se creó el Sistema Nacional de Evaluación, con el propósito de medir la calidad de todos los componentes del sistema educativo nacional. TEMAS RELACIONADOS: EDUCACION, LEY, MINISTERIO DE EDUCACION, ASAMBLEA LEGISLATIVA, JUNTAS EDUCATIVAS.

Vigencias de la norma
No hay vigencias registradas para esta norma.
Archivos Fuentes
Archivos de la norma
Nombre de archivo Archivo
23346_27775.pdf Ver

Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
23346 02/08/1997 Ver
Temas en la norma
Materia
ASAMBLEA LEGISLATIVA
EDUCACION
JUNTAS EDUCATIVAS
LEY
MINISTERIO DE EDUCACION
Jurisprudencia constitucional
No hay jurisprudencia constitucional relacionada.
Referencias
LEY 28
REFERENCIAS POSTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
50 01/11/2002 24679 13/11/2002 DEROGADO POR Esta Ley fue derogada por la Ley número 50 de 1 de noviembre de 2002.
LEY 28
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
60 26/02/1996 22989 08/03/1996 DEROGA PARCIALMENTE Esta Ley derogó los Artículos 148 y 159 de la Ley número 47 de 24 de septiembre de 1946.
82 29/11/1963 15012 03/12/1963 DEROGA PARCIALMENTE Esta Ley derogó los Artículos 3, 4 y 5 de la Ley número 82 de 29 de noviembre de 1963.
12 07/02/1956 12947 04/05/1956 MODIFICA PARCIALMENTE Esta Ley modificó el Artículo 1 de la Ley número 12 de 7 de febrero de 1956.
47 24/09/1946 10113 02/10/1946 DEROGA PARCIALMENTE Esta Ley derogó los Artículos 148 y 159 de la Ley número 47 de 24 de septiembre de 1946.
Referencias posteriores

Fecha de norma: 01/11/2002

Gaceta: 24679 (13/11/2002)

Afectación: DEROGADO POR

Esta Ley fue derogada por la Ley número 50 de 1 de noviembre de 2002.

Referencias anteriores

Fecha de norma: 26/02/1996

Gaceta: 22989 (08/03/1996)

Afectación: DEROGA PARCIALMENTE

Esta Ley derogó los Artículos 148 y 159 de la Ley número 47 de 24 de septiembre de 1946.

Fecha de norma: 29/11/1963

Gaceta: 15012 (03/12/1963)

Afectación: DEROGA PARCIALMENTE

Esta Ley derogó los Artículos 3, 4 y 5 de la Ley número 82 de 29 de noviembre de 1963.

Fecha de norma: 07/02/1956

Gaceta: 12947 (04/05/1956)

Afectación: MODIFICA PARCIALMENTE

Esta Ley modificó el Artículo 1 de la Ley número 12 de 7 de febrero de 1956.

Fecha de norma: 24/09/1946

Gaceta: 10113 (02/10/1946)

Afectación: DEROGA PARCIALMENTE

Esta Ley derogó los Artículos 148 y 159 de la Ley número 47 de 24 de septiembre de 1946.

Textos únicos
TEXTOS ÚNICOS (tipo norma 144)
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario Ver
S/N 26/02/1996 22989 08/03/1996 DEROGA PARCIALMENTE Esta Ley derogó los Artículos 148 y 159 de la Ley número 47 de 24 de septiembre de 1946. Ver norma

Fecha de norma: 26/02/1996

Gaceta: 22989 (08/03/1996)

Afectación: DEROGA PARCIALMENTE

Esta Ley derogó los Artículos 148 y 159 de la Ley número 47 de 24 de septiembre de 1946.