La presente norma, dicta Medidas para la Estabilidad Jurídica de las Inversiones; éste régimen de estabilidad jurídica se otorga a las personas naturales o jurídicas de derecho privado, nacionales o extranjeros dentro del territorio nacional, menciona sus garantías, al Consejo Consultivo, Obligaciones de las Inversiones, entre otras disposiciones generales. Mediante los Decretos de Gabinete 17 de 1 de agosto de 2007, Decreto de Gabinete 9 de 9 de abril de 2013, Decreto de Gabinete 35 de 10 de diciembre de 2014 se aprueba la inclusión de actividades de inversión amparadas por la Ley 54 de 22 de julio de 1998.
Fecha de norma: 20/07/1999
Gaceta: 23846 (22/07/1999)
Afectación: MODIFICADO PARCIALMENTE POR
El Artículo 8, de la comentada Norma es modificado, por la Ley No. 31 de 20 de Julio de 1999.
Fecha de norma: 22/02/1999
Gaceta: 23741 (25/02/1999)
Afectación: REGLAMENTADO POR
Esta Ley fue reglamentada por el Decreto Ejecutivo número 9 de 22 de febrero de 1999.