26/10/2001
Declara constitucional la frase “arrendatarios de la Autoridad de la Región Interoceánica”, inserta en el artículo 43 de la Ley N 22 de 30 de junio de 1999, “Por la cual se otorga primera opción de compra a arrendatarios de viviendas revertidas hasta el 31 de diciembre de 1999", que modifica la Ley N 5 de 25 de febrero de 1993, a su vez, modificado por la Ley N 7 de 7 de marzo de 1995 que “Crea la Autoridad de la Región Interoceánica de Panamá y se adoptan medidas sobre los Bienes Revertidos”.