17/07/2003
El Pleno de la Corte Suprema de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que no son inconstitucionales el párrafo invocado del artículo 1, ni el segundo, tercero y cuarto párrafo del artículo 2 de la Ley 26, de 4 de junio de 2001, dentro de la acción de inconstitucionalidad promovida contra las citadas disposiciones legales por la firma forense Alemán, Cordero, Galindo & Lee, en representación del Sindicato de Industriales de Panamá (SIP).