Datos generales
Norma: FALLO
Número de norma: S/N
Fecha de la norma: 19/02/2004
Autoridad: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Vigencia: NO ESPECIFICA LA VIGENCIA
Gacetas: 25087 (06/07/2004)
Título: FALLO DE 19 DE FEBRERO DE 2004.
Comentario:

Por medio de este fallo, se declaró que era inconstitucional la frase "aquellos tomarán doble porción que éstos", contenida en el Artículo 680 del Código Civil, ya que conlleva un trato discriminatorio y desigual en materia sucesorial en perjuicio de los hijos habidos fuera del matrimonio, al otorgar un mayor beneficio a los hijos nacidos en la unión marital, en lo referente al reparto del caudal hereditario en las sucesiones intestadas. TEMAS RELACIONADOS: CODIGO CIVIL, HEREDEROS, HERENCIA, CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, FALLO, FALLO DE INCONSTITUCIONALIDAD, DISCRIMINACION, SUCESION INTESTADA, IGUALDAD.

Vigencias de la norma
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Archivos Fuentes
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Nombre de archivo Archivo
25087_34505.pdf Ver

Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
25087 06/07/2004 Ver
Temas en la norma
Materia
CODIGO CIVIL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DISCRIMINACION
FALLO
FALLO DE INCONSTITUCIONALIDAD
HEREDEROS
HERENCIA
IGUALDAD
SUCESION INTESTADA
Jurisprudencia constitucional
No hay jurisprudencia constitucional relacionada.
Referencias
FALLO S/N
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
2 (C. CIVIL) 22/08/1916 2418 07/09/1916 DECLARA PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL Este fallo declaró que era inconstitucional la frase "aquellos tomarán doble porción que éstos", contenida en el Artículo 680 del Código Civil.
Referencias anteriores

Fecha de norma: 22/08/1916

Gaceta: 2418 (07/09/1916)

Afectación: DECLARA PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL

Este fallo declaró que era inconstitucional la frase "aquellos tomarán doble porción que éstos", contenida en el Artículo 680 del Código Civil.

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