Fecha de norma: 26/12/1991
Gaceta: 21943 (31/12/1991)
Afectación: DECLARA PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL
Este fallo declaró la inconstitucionalidad de las frases: "con excepción del Director General y del Director Nacional de Servicios y Prestaciones Médicas. El incumplimiento de este parágrafo acarreará la insubsistencia inmediata del cargo", contenidas en el Parágrafo 2 del Artículo 29-C del Decreto Ley número 14 de 27 de agosto de 1954, tal como quedó luego de la modificación operada por el Artículo 21 de la Ley número 30 de 26 de diciembre de 1991.