Fecha de norma: 22/08/1916
Gaceta: 2418 (07/09/1916)
Afectación: DECLARA PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL
El Fallo de 29 de marzo de 2007, declara inconstitucionales los numerales 1, 2, 3 y 4 del artículo 39 del Código Civil, por infringir los artículos 8, 9, 10 y 11 de la Constitución Política de 1972, y en consecuencia el artículo 39 ibídem, quedara así: "Artículo 39. Las personas naturales se dividen en nacionales y extranjeras, domiciliados y transeúntes."