A través del cuerpo normativo que se comenta, se dispuso el registro de todas las naves que hubieran adquirido la nacionalidad panameña, en un libro que para tal fin debían llevar las distintas oficinas del Departamento de Hacienda y Tesoro. TEMAS RELACIONADOS: MARINA MERCANTE, MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO, SECRETARIA DE HACIENDA Y TESORO, ABANDERAMIENTO DE NAVES, NAVES, REGISTRO DE NAVES, EMBARCACIONES, BARCOS.
Fecha de norma: 11/12/1926
Gaceta: 5012 (18/12/1926)
Afectación: DESARROLLA
Este Decreto desarrolla la Ley número 54 de 11 de diciembre de 1926.
Fecha de norma: 12/01/1925
Gaceta: 4562 (23/01/1925)
El señalado Decreto desarrolla la Ley número 8 de 12 de enero de 1925.