A través de este decreto, se reglamentó lo referente al concepto de residencia electoral, a efecto de permitir al elector votar en un corregimiento distinto al de su residencia habitual, cuando éste se hubiera "trasladado temporalmente" a otro corregimiento y demuestre que dicho traslado obedece a motivos estrictamente relacionados a causas de fuerza mayor, trabajo, salud o por estudios.. TEMAS RELACIONADOS: ELECCIONES, CIUDADANIA, TRIBUNAL ELECTORAL, RESIDENCIA ELECTORAL, RESIDENTE TEMPORAL
Fecha de norma: 15/05/2003
Gaceta: -
Afectación: DEROGA
Este decreto derogó el decreto 14 de 15 de mayo de 2003.
Fecha de norma: 24/11/2000
Este decreto derogó el decreto 17 de 24 de noviembre de 2000.
Fecha de norma: 10/08/1983
Gaceta: 19875 (12/08/1983)
Afectación: REGLAMENTA PARCIALMENTE
Este decreto reglamentó el artículo 4 del texto único del Código Electoral (ley 11 de 10 de agosto de 1983), publicado el 4 de septiembre de 2007.