14/11/2013
DECLARA QUE NO ES INCONSTITUCIONAL la frase "Pagar las pólizas de seguros de vida y de accidentes de los trabajadores de la seguridad privada, hasta por un monto mínimo de veinticinco mil balboas (B/. 25,000.00) por agente. Este monto será revisado cada dos años por el Órgano Ejecutivo", contenida en el literal b, numeral 31, del artículo 128 del Código de Trabajo, introducido mediante el artículo 1 de la Ley 9 de 2010.