Datos generales
Norma: DECRETO
Número de norma: 48
Fecha de la norma: 31/08/1999
Autoridad: TRIBUNAL ELECTORAL
Vigencia: A PARTIR DE LA FECHA
Gacetas: -
Título: POR EL CUAL SE REGLAMENTA EL NUMERAL 4 DEL ARTICULO 164 DEL CODIGO ELECTORAL.
Comentario:

A través de este decreto, se reglamentó lo relativo al porcentaje que deben destinar los partidos políticos, dentro del subsidio electoral, a las actividades de capacitación cívico políticas entre sus adherentes y ciudadanos en general.. TEMAS RELACIONADOS: PARTIDOS POLITICOS, SUBSIDIO, TRIBUNAL ELECTORAL, CAPACITACION

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Gacetas relacionadas
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Temas en la norma
Materia
CAPACITACION
PARTIDOS POLITICOS
SUBSIDIO
TRIBUNAL ELECTORAL
Jurisprudencia constitucional
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Referencias
DECRETO 48
REFERENCIAS POSTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
6 16/08/2005 - SUBROGADO POR Este decreto fue subrogado por el decreto 6 de 16 de agosto de 2005.
DECRETO 48
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
11 10/08/1983 19875 12/08/1983 REGLAMENTA PARCIALMENTE Este decreto reglamentó el numeral 4 del artículo 164 del texto único del Código Electoral (ley 11 de 10 de agosto de 1983), publicado el 13 de diciembre de 1997.
Referencias posteriores

Fecha de norma: 16/08/2005

Gaceta: -

Afectación: SUBROGADO POR

Este decreto fue subrogado por el decreto 6 de 16 de agosto de 2005.

Referencias anteriores

Fecha de norma: 10/08/1983

Gaceta: 19875 (12/08/1983)

Afectación: REGLAMENTA PARCIALMENTE

Este decreto reglamentó el numeral 4 del artículo 164 del texto único del Código Electoral (ley 11 de 10 de agosto de 1983), publicado el 13 de diciembre de 1997.

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