A través de este de este decreto ejecutivo, se reglamenta el artículo 54 de la ley 49 de 2009, relativo a la obligatoriedad de las asociaciones sin fines de lucro de llevar un control de los fondos que reciban, generen o transfieran.. TEMAS RELACIONADOS: DONACION, DIRECCION GENERAL DE INGRESOS, ASOCIACIONES SIN FINES DE LUCRO
Fecha de norma: 17/09/2009
Gaceta: 26370-C (17/09/2009)
Afectación: REGLAMENTA PARCIALMENTE
Este decreto ejecutivo reglamenta el artículo 54 de la ley 49 de 17 de septiembre de 2009.