Datos generales
Norma: LEY
Número de norma: 29
Fecha de la norma: 04/12/1934
Autoridad: ASAMBLEA NACIONAL
Vigencia: DESDE SU SANCION
Gacetas: 6950 (06/12/1934)
Título: POR LA CUAL SE REFORMA LA LEY 28 DE 1930.
Comentario:

Por medio de la presente norma, se reforma la Ley N° 28 de 1930, relativa a las formalidades de las Elecciones Populares en la República y al Jurado Nacional de Elecciones. TEMAS RELACIONADOS: VOTACION, VOTO, ELECCIONES, LEY, SUFRAGIO, ELECCIONES POPULARES.

Vigencias de la norma
No hay vigencias registradas para esta norma.
Archivos Fuentes
Archivos de la norma
No hay archivos registrados para esta norma.

Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
6950 06/12/1934 Ver
Temas en la norma
Materia
ELECCIONES
ELECCIONES POPULARES
LEY
SUFRAGIO
VOTACION
VOTO
Jurisprudencia constitucional
Fecha Título Explicación Acciones
17/03/1947 "José Antonio Mendieta solicitó se declararan inconstitucionales el artículo 11 de la Ley 29 de 1934 y el artículo 147 de la Ley 39 de 1946." RESUELVE: 1) QUE ES CONSTITUCIONAL el artículo 11 de la Ley 29 de 1934, por ser congruente con el ordinal 3 del artículo 102 de la Constitución y por no estar en pugna con el artículo 257 de la misma; 2) QUE ES INCONSTITUCIONAL la frase "que hubiere obtenido la mayoría de sufragios del distrito electoral respectivo", contenida en el artículo 147 de la Ley 39 de 19 de septiembre de 1946, por ser violatorio del principio de proporcionalidad de que trata el ordinal 3 del artículo 102 de la Constitución. Ver
17/03/1947

RESUELVE: 1) QUE ES CONSTITUCIONAL el artículo 11 de la Ley 29 de 1934, por ser congruente con el ordinal 3 del artículo 102 de la Constitución y por no estar en pugna con el artículo 257 de la misma; 2) QUE ES INCONSTITUCIONAL la frase "que hubiere obtenido la mayoría de sufragios del distrito electoral respectivo", contenida en el artículo 147 de la Ley 39 de 19 de septiembre de 1946, por ser violatorio del principio de proporcionalidad de que trata el ordinal 3 del artículo 102 de la Constitución.

Referencias
LEY 29
REFERENCIAS POSTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
98 05/07/1941 8560 21/07/1941 DEROGADO PARCIALMENTE POR La Ley 98 de 3 de julio de 1941, deroga los Artículos 1, 2, 3, 9, 13, 14 y 15, de la Ley 29 de 4 de diciembre de 1934.
LEY 29
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
28 05/11/1930 5868 21/11/1930 DEROGA Y SUBROGA PARCIALMENTE Esta Ley subrogó los Artículos 25, 30 y 32, y derogó Artículos 28 y 29, el último inciso del Artículo 30, los Artículos 135, 184, 185 y 199, y todo el Capitulo IV de la Ley número 28 de 5 de noviembre de 1930.
Referencias posteriores

Fecha de norma: 05/07/1941

Gaceta: 8560 (21/07/1941)

Afectación: DEROGADO PARCIALMENTE POR

La Ley 98 de 3 de julio de 1941, deroga los Artículos 1, 2, 3, 9, 13, 14 y 15, de la Ley 29 de 4 de diciembre de 1934.

Referencias anteriores

Fecha de norma: 05/11/1930

Gaceta: 5868 (21/11/1930)

Afectación: DEROGA Y SUBROGA PARCIALMENTE

Esta Ley subrogó los Artículos 25, 30 y 32, y derogó Artículos 28 y 29, el último inciso del Artículo 30, los Artículos 135, 184, 185 y 199, y todo el Capitulo IV de la Ley número 28 de 5 de noviembre de 1930.

Textos únicos
No hay textos únicos relacionados para esta norma.