Datos generales
Norma: LEY
Número de norma: 98
Fecha de la norma: 05/07/1941
Autoridad: ASAMBLEA NACIONAL
Vigencia: COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE
Gacetas: 8560 (21/07/1941)
Título: SOBRE ELECIONES POPULARES.
Comentario:

La Ley que nos ocupa, establece el marco jurídico mediante el cual se regirán las Elecciones Populares en la República. TEMAS RELACIONADOS: VOTACION, VOTO, ELECCIONES, ORGANIZACIONES, DERECHOS INDIVIDUALES, DERECHOS POLITICOS, LEY, ELECCIONES POPULARES.

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Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
8560 21/07/1941 Ver
Temas en la norma
Materia
DERECHOS INDIVIDUALES
DERECHOS POLITICOS
ELECCIONES
ELECCIONES POPULARES
LEY
ORGANIZACIONES
VOTACION
VOTO
Jurisprudencia constitucional
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Referencias
LEY 98
REFERENCIAS POSTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
131 21/04/1943 9086 29/04/1943 REFORMADO Y DEROGADO PARCIALMENTE POR Esta Ley fue reformada en los Artículos 11 y 25, y derogada en el Artículo transitorio que sigue al 11, por la Ley número 131 de 21 de abril de 1943.
458 08/07/1942 8855 16/07/1942 SUSPENDIDOS SUS EFECTOS PARCIALMENTE POR Los efectos del Artículo 25 de esta Ley fueron suspendidos por el Decreto número 458 de 8 de julio de 1942.
LEY 98
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
29 04/12/1934 6950 06/12/1934 DEROGA PARCIALMENTE La Ley 98 de 3 de julio de 1941, deroga los Artículos 1, 2, 3, 9, 13, 14 y 15, de la Ley 29 de 4 de diciembre de 1934.
28 05/11/1930 5868 21/11/1930 ADICIONA, REFORMA Y DEROGA PARCIALMENTE Esta Ley adicionó y reformó los Artículos 2, 5, 8, 9, 14, 24, 25, 36, 38, 40, 41, 66, 67, 72, 78, 79, 80, 82, 94 y 240; reformó algunos Artículos en cuanto a reemplazar la palabra "Concejales" por el término "Representantes a los Ayuntamientos; y derogó los Artículos 10, 13, 26, 31, 32, 33, 70, 76 y 77, el ordinal 4 del Artículo 121, los incisos a) y e) del Artículo 126, el segundo inciso del Artículo 135, y los Artículos 230, 244, 245 y 246, de la Ley número 28 de 5 de noviembre de 1930.
Referencias posteriores

Fecha de norma: 21/04/1943

Gaceta: 9086 (29/04/1943)

Afectación: REFORMADO Y DEROGADO PARCIALMENTE POR

Esta Ley fue reformada en los Artículos 11 y 25, y derogada en el Artículo transitorio que sigue al 11, por la Ley número 131 de 21 de abril de 1943.

Fecha de norma: 08/07/1942

Gaceta: 8855 (16/07/1942)

Afectación: SUSPENDIDOS SUS EFECTOS PARCIALMENTE POR

Los efectos del Artículo 25 de esta Ley fueron suspendidos por el Decreto número 458 de 8 de julio de 1942.

Referencias anteriores

Fecha de norma: 04/12/1934

Gaceta: 6950 (06/12/1934)

Afectación: DEROGA PARCIALMENTE

La Ley 98 de 3 de julio de 1941, deroga los Artículos 1, 2, 3, 9, 13, 14 y 15, de la Ley 29 de 4 de diciembre de 1934.

Fecha de norma: 05/11/1930

Gaceta: 5868 (21/11/1930)

Afectación: ADICIONA, REFORMA Y DEROGA PARCIALMENTE

Esta Ley adicionó y reformó los Artículos 2, 5, 8, 9, 14, 24, 25, 36, 38, 40, 41, 66, 67, 72, 78, 79, 80, 82, 94 y 240; reformó algunos Artículos en cuanto a reemplazar la palabra "Concejales" por el término "Representantes a los Ayuntamientos; y derogó los Artículos 10, 13, 26, 31, 32, 33, 70, 76 y 77, el ordinal 4 del Artículo 121, los incisos a) y e) del Artículo 126, el segundo inciso del Artículo 135, y los Artículos 230, 244, 245 y 246, de la Ley número 28 de 5 de noviembre de 1930.

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