Datos generales
Norma: FALLO
Número de norma: S/N
Fecha de la norma: 11/06/2014
Autoridad: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Vigencia: NOTIFIQUESE Y PUBLIQUESE
Gacetas: 27731-A (03/03/2015)
Título: POR EL CUAL SE RESUELVE LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PRESENTADA POR EL DOCTOR. FERNANDO ALONSO GÓMEZ ARBELAEZ CONTRA EL DECRETO LEY NO. 9 DE 26 DE FEBRERO DE 1998 Y OTROS, MEDIANTE EL CUAL SE REFORMA EL RÉGIMEN BANCARIO.
Comentario:

El Pleno de la Corte declara que: Con relación a los artículos 7,27,28,29,31,43,131 y 140 contenidos en el Decreto Ley 9 de 26 de febrero de 1998, conforme a las reformas introducidas por el Decreto Ley 22 de febrero de 2008, se ha producido jurídico de SUSTRACCIÓN DE MATERIA. Frase "5 No estará sujeta al pago de impuestos, derechos, tasas, cargos, contribuciones o tributos de carácter nacional...", contenida en el artículo 4 del Decreto Ejecutivo 52 de 30 de abril de 2008 (Qur adopta el Texto Único del Decreto ley 9 de 26 de febrero de 1998, modificado por el Decreto Ley 2 de 22 de febrero de 2008), ES INCONSTITUCIONAL. Que el artículo 19 Decreto Ley 9 de 26 de febrero de 1998, que corresponde ahora al artículo 22 del Decreto Ejecutivo 52 de 30 de abril de 2008 (Que adopta el Texto Único del Decreto Ley 9 de 26 de febrero de 2008, modificado por el Decreto Ley 2 de 22 de febrer de 2008), ES INCONSITUCIONAL; Que la frase"...no les serán aplicables otras leyes o normas que estblezcan tasas máximas de interés. ", contenida en el artículo 79 del Decreto Ejecutivo 52 de 30 de abril de 2008 (Que adopta el Texto Único del Decreto Ley 9 de 26 de febrero de 1998, modificado por el Decreto Ley 2 de 22 de febrero de 2008, NO ES INCONSTITUCIONAL. Que la frase..."dentro del término que al efecto disponga la Superintendecia.."contenida en el artículo 101 del Decreto Ejecutivo 52 de 30 abril 2008 (Qur adopta el Texto Único del ley 9 de 26 de febrero de 1998, modificado por el Decreto ley 2 de 22 de febrero 2008, NO ES INCONSTITUCIONAL.. TEMAS RELACIONADOS: IMPUESTOS, SUPERINTENDENCIA DE BANCOS, FALLO DE INCONSTITUCIONALIDAD

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Gacetas relacionadas
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27731-A 03/03/2015 Ver
Temas en la norma
Materia
FALLO DE INCONSTITUCIONALIDAD
IMPUESTOS
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS
Jurisprudencia constitucional
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Referencias
FALLO S/N
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
9 26/02/1998 23499 12/03/1998 DECLARA PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL DECLARA QUE ES INCONSTITUCIONAL: a) la frase “5. No estará sujeta al pago de impuestos, derechos, tasas, cargos, contribuciones o tributos de carácter nacional…”, contenida en el artículo 4 del Texto Único (Decreto Ejecutivo 52 de 30 de abril de 2008) del Decreto Ley 9 de 26 de febrero de 1998, modificado por el Decreto Ley 2 de 22 de febrero de 2008]; b) y b) el artículo 19 del Decreto Ley 9 de 26 de febrero de 1998, que corresponde ahora al artículo 22 del Texto Único (Decreto Ejecutivo 52 de 30 de abril de 2008).
Referencias anteriores

Fecha de norma: 26/02/1998

Gaceta: 23499 (12/03/1998)

Afectación: DECLARA PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL

DECLARA QUE ES INCONSTITUCIONAL: a) la frase “5. No estará sujeta al pago de impuestos, derechos, tasas, cargos, contribuciones o tributos de carácter nacional…”, contenida en el artículo 4 del Texto Único (Decreto Ejecutivo 52 de 30 de abril de 2008) del Decreto Ley 9 de 26 de febrero de 1998, modificado por el Decreto Ley 2 de 22 de febrero de 2008]; b) y b) el artículo 19 del Decreto Ley 9 de 26 de febrero de 1998, que corresponde ahora al artículo 22 del Texto Único (Decreto Ejecutivo 52 de 30 de abril de 2008).

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