| LEY 69 |
| REFERENCIAS POSTERIORES |
| Norma |
N.º de norma |
Fecha de norma |
N.º de Gaceta |
Fecha de Gaceta |
Afectación |
Comentario |
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11 |
11/07/1957 |
13311 |
02/08/1957 |
ADICIONADO Y REFORMADO PARCIALMENTE POR |
El numeral 359 del Grupo 55 del Artículo 7 de la Ley 69 de 28 de diciembre de 1934, fue reformado adicionado por el Decreto Ley número 11 de 11 de julio de 1957, el cual también reformó el Acápite "B" del Artículo 10 de la misma Ley. |
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5 |
28/06/1955 |
12708 |
07/07/1955 |
REFORMADO Y ADICIONADO PARCIALMENTE POR |
Los derechos de importación establecidos en el Artículo 7 de esta Ley fueron modificados en el numeral 980 del Grupo 121 y los numerales 988 y 989 del Grupo 122, y adicionados con el numeral 980 bis en el Grupo 122, por el Decreto Ley número 5 de 28 de junio de 1955. |
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1 |
13/05/1955 |
12691 |
16/06/1955 |
REFORMADO Y ADICIONADO PARCIALMENTE POR |
Los derechos de importación establecidos en el Artículo 7 de esta Ley fueron modificados en los numerales 320 y 321 del Grupo 46 y adicionados con el numeral 1204-A del Grupo 136, por el Decreto Legal número 1 de 13 de mayo de 1955. |
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18 |
23/09/1954 |
12485 |
01/10/1954 |
MODIFICADO PARCIALMENTE POR |
Esta Ley fue modificada en el Artículo 7° en lo que se refiere a los siguientes grupos: 11, 12, 42, 58, 63 y 100, mediante el Decreto Ley 18 de 23 de septiembre de 1954. |
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12 |
09/07/1954 |
12445 |
16/08/1954 |
ADICIONADO PARCIALMENTE POR |
El Grupo 105 de la presente Ley fue adicionado por el Decreto Ley número 12 de 9 de julio de 1954, con el numeral 843-BIS. |
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10 |
09/07/1954 |
12442 |
12/08/1954 |
ADICIONADO Y SUBROGADO PARCIALMENTE POR |
El numeral 409-BIS del Grupo 64 y el numeral 107-BIS del Grupo 127, ambos del Artículo 7° de la referida Ley, fueron adicionados por el Decreto Ley número 10 de 9 de julio de 1954. El numeral 900 del Grupo 107 del Artículo 7° de la mencionada Ley también fue subrogado por el aludido Decreto Ley. |
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10 |
09/07/1954 |
12442 |
12/08/1954 |
DEROGADO PARCIALMENTE POR |
Los numerales 408 y 409 del Grupo 64 del Artículo 7° de la comentada Ley fueron derogados por el Decreto Ley número 10 de 9 de julio de 1954. |
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44 |
29/09/1953 |
12196 |
07/10/1953 |
REFORMADO PARCIALMENTE POR |
El arancel de importación establecido en el Artículo 7 de la presente Ley fue reformado por el Decreto Ley número 44 de 29 de septiembre dee 1953, en sus numerales 141, 262, 265, 275 y 276, numerales 904, 910, 911, 912, 913, 914, 915, 926, 1053, 1059, 1068, 1097 y 1098, numerales 1201, 1204 y 1231, y numerales 94, 297, 364 y 369. |
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5 |
07/02/1952 |
11708 |
14/02/1952 |
ADICIONADO Y MODIFICADO PARCIALMENTE POR |
La Ley 5 de 7 de febrero de 1952, adiciona y modifica los numerales 554, 1276, 1277, 1279, 1280, 1284, 1284-A, 1285, 1290 y 1326, del Artículo 7 de la Ley No. 69 de 20 de Diciembre de 1934. |
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52 |
30/11/1951 |
11747 |
03/04/1952 |
DEROGADO Y MODIFICADO PARCIALMENTE POR |
Los derechos de importación establecidos en el Artículo 7 de esta Ley fueron modificados en los numerales 1229, 1432, 1434 y 1518, y derogados en los numerales 905, 906, 907, 908, 909, 1230 y 1510 bis, por la Ley número 52 de 30 de noviembre de 1951. |
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52 |
30/11/1951 |
11653 |
07/12/1951 |
DEROGADO Y MODIFICADO PARCIALMENTE POR |
Los derechos de importación establecidos en el Artículo 7 de esta Ley fueron modificados en los numerales 1229, 1432, 1434 y 1518, y derogados en los numerales 905, 906, 907, 908, 909, 1230 y 1510 bis, por la Ley número 52 de 30 de noviembre de 1951. |
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17 |
15/02/1949 |
10829 |
23/02/1949 |
MODIFICADO PARCIALMENTE POR |
La Ley 17 de 1949, modifica el artículo 7 de la Ley 69 de 1934. |
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10 |
30/12/1948 |
10786 |
03/01/1949 |
MODIFICADO POR |
Esta Ley es modificada por la Ley 10, de 30 de diciembre de 1948. |
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49 |
24/09/1946 |
10111 |
30/09/1946 |
MODIFICADO PARCIALMENTE POR |
Los grupos 50, 87 numeral 469, 109, 110 y 112 del Artículo 7°, y el Título I, grupos 31 y 34, de esta Ley fueron modificados por la Ley número 49 de 24 de septiembre de 1946. |
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25 |
30/08/1946 |
10111 |
30/09/1946 |
SUBROGADO PARCIALMENTE POR |
El Artículo 26 de la comentada Ley fue subrogado por la Ley número 25 de 30 de agosto de 1946, por la cual se creó la Comisión de Aduanas. |
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37 |
18/08/1942 |
8891 |
27/08/1942 |
REFORMADO PARCIALMENTE POR |
El Artículo 7 de esta Ley fue reformado por el Decreto Ley número 37 de 18 de agosto de 1942 en lo que respecta a los numerales 322 al 334 del Grupo 47 del Arancel de Importación. |
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26 |
04/02/1942 |
8728 |
12/02/1942 |
REFORMADO PARCIALMENTE POR |
El Artículo 7 de esta Ley fue reformado por el Decreto Ley número 26 de 4 de febrero de 1942 en lo que respecta a los siguientes grupos y numerales del Título II del Arancel de Importación: Grupo 10, numerales 50, 51, 54 y 59; Grupo 13, numerales 73 y 75; Grupo 14, numeral 77; Grupo 15, numeral 78; Grupo 17, numeral 90; Grupo 18, numerales 94 y 95; Grupo 31, numeral 133; Grupo 32, numerales 144, 145, 147, 148, 149 y 150; Grupo 44, numerales 249, 262, 264 bis, 269, 279, 291 y 291 bis); y Grupo 49, numerales 341 y 342. |
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114 |
06/09/1939 |
8105 |
08/09/1939 |
MODIFICADO PARCIALMENTE POR |
El Decreto No. 114 de 6 de septiembre de 1939, modifica el numeral 1307, Artículo 7, de la Ley 69 de 28 de diciembre de 1934. |
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111 |
23/08/1939 |
8099 |
31/08/1939 |
MODIFICADO PARCIALMENTE POR |
El Decreto No. 111 de 23 de agosto de 1939, modifica el numeral 1019, del grupo 127, del Artículo 7, de la Ley 69 de 28 de diciembre de 1934.
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31 |
28/01/1937 |
7474 |
04/02/1937 |
ADICIONADO Y REFORMADO PARCIALMENTE POR |
El Artículo 26 y el ordinal p del Artículo 9 de la comentada Ley fueron adicionados y reformados por la Ley número 31 de 28 de enero de 1937. |
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46 |
30/12/1936 |
7454 |
07/01/1937 |
REFORMADO PARCIALMENTE POR |
El artículo 7 de la presente norma, es reformado por la Ley 64, de 30 de Diciembre de 1936. |