La mencionada Ley, regula la participación a que tiene derecho, el denunciante de un bien oculto, sobre el mismo y la forma en que se pagará dicha participación. Por disposición de esta norma se subroga el Artículo 306 del Código Fiscal y se deroga el Artículo 1 de la Ley 62 de 1924. TEMAS RELACIONADOS: LEY, TERRENOS, CODIGO FISCAL, BIENES OCULTOS.
Fecha de norma: 17/12/1924
Gaceta: 4548 (05/01/1925)
Afectación: DEROGA PARCIALMENTE
La norma en mención, deroga el artículo 1 de la Ley 62, de 17 de Diciembre de 1934.
Fecha de norma: 22/08/1916
Gaceta: 2418 (07/09/1916)
Afectación: SUBROGA PARCIALMENTE
Esta Ley subrogó el Artículo 306 del Código Fiscal.