Datos generales
Norma: DECRETO
Número de norma: 48
Fecha de la norma: 02/09/2022
Autoridad: TRIBUNAL ELECTORAL
Vigencia: AL DIA SIGUIENTE A SU PUBLICACION
Gacetas: -
Título: QUE REGLAMENTA LOS ARTÍCULOS 348 Y 349 DEL CÓDIGO ELECTORAL Y ADOPTA EL CALENDARIO Y REGLAMENTO MARCO QUE UTILIZARÁN LOS PARTIDOS POLÍTICOS PARA LA CONVOCATORIA Y ORGANIZACIÓN DE LAS ELECCIONES PRIMARIAS, CON EL FIN DE ELEGIR A SUS CANDIDATOS PARA LA ELECCIÓN GENERAL DEL 5 MAYO DE 2024.
Comentario:

Se reglamenta los artículos 348 y 349 del Código Electoral y adopta el calendario y reglamento marco que utilizarán los partidos políticos para la convocatoria y organización de las elecciones primarias, con el fin de elegir a sus candidatos para la Elección General del 5 mayo de 2024.

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Temas en la norma
Materia
CODIGO ELECTORAL
PARTIDOS POLITICOS
Jurisprudencia constitucional
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Referencias
DECRETO 48
REFERENCIAS POSTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
10 15/02/2023 - MODIFICADO PARCIALMENTE POR La presente norma modifico los artículos 3 y 4 del Decreto 48 de 2 de septiembre de 2022.
DECRETO 48
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
11 10/08/1983 19875 12/08/1983 REGLAMENTA PARCIALMENTE REGLAMENTA los artículos 348 y 349 del Código Electoral.
Referencias posteriores

Fecha de norma: 15/02/2023

Gaceta: -

Afectación: MODIFICADO PARCIALMENTE POR

La presente norma modifico los artículos 3 y 4 del Decreto 48 de 2 de septiembre de 2022.

Referencias anteriores

Fecha de norma: 10/08/1983

Gaceta: 19875 (12/08/1983)

Afectación: REGLAMENTA PARCIALMENTE

REGLAMENTA los artículos 348 y 349 del Código Electoral.

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