Datos generales
Norma: LEY
Número de norma: 36
Fecha de la norma: 16/04/1941
Autoridad: ASAMBLEA NACIONAL
Vigencia: DESDE SU SANCION
Gacetas: 8501 (29/04/1941)
Título: SOBRE LICENCIAS PARA USAR CIERTOS BIENES NACIONALES.
Comentario:

La presente Ley, establece que solo el Poder Ejecutivo puede conceder licencias para el uso de las tierras nacionales y municipales y de los caminos, calles, plazas y demás lugares públicos; así como de las aguas corrientes, servicios de energía eléctrica y telecomunicaciones, entre otros. TEMAS RELACIONADOS: LEY, LICENCIA, PODER EJECUTIVO, SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES, ENERGIA ELECTRICA, BIENES NACIONALES.

Vigencias de la norma
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Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
8501 29/04/1941 Ver
Temas en la norma
Materia
BIENES NACIONALES
ENERGIA ELECTRICA
LEY
LICENCIA
PODER EJECUTIVO
SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES
Jurisprudencia constitucional
Fecha Título Explicación Acciones
18/04/1949 Carlos A Cajal pidió se declarara inexequible la Ley 36 de 1941, considerándola violatoria de los ordinales 6 y 7 del artículo 118 de la Constitución. La ley impugnada era una ley de autorizaciones que facultaba al Ejecutivo para conceder licencias para el uso de ciertos bienes nacionales y para contratar servicio de alumbrado eléctrico, sin requerir ulterior aprobación legislativa. Declara que la ley 36 de 1941 no es contraria a la Constitución Nacional y está vigente, de acuerdo con lo que dispone el segundo aparte del artículo 257 de la misma Constitución. Sin embargo, debe tenerse en cuenta al aplicarla qu el artículo 1 comprende bienes municipales que pertenecen hoy a entidades autónomas. Ver
18/04/1949

Declara que la ley 36 de 1941 no es contraria a la Constitución Nacional y está vigente, de acuerdo con lo que dispone el segundo aparte del artículo 257 de la misma Constitución. Sin embargo, debe tenerse en cuenta al aplicarla qu el artículo 1 comprende bienes municipales que pertenecen hoy a entidades autónomas.

Referencias
LEY 36
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
45 30/12/1916 2517 06/01/1917 DEROGA La Ley 36 de 16 de abril de 1941, deroga la Ley 45 de 30 de diciembre de 1916.
Referencias anteriores

Fecha de norma: 30/12/1916

Gaceta: 2517 (06/01/1917)

Afectación: DEROGA

La Ley 36 de 16 de abril de 1941, deroga la Ley 45 de 30 de diciembre de 1916.

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