Datos generales
Norma: LEY
Número de norma: 492
Fecha de la norma: 28/10/2025
Autoridad: ASAMBLEA NACIONAL
Vigencia: 30 DE OCTUBRE DE 2025
Gacetas: 30397-A (29/10/2025)
Título: QUE MODIFICA EL CÓDIGO CIVIL, PARA ELIMINAR TÉRMINOS PEYORATIVOS
Comentario:

La presente norma modifica el numeral 8 del artículo 641, 697, 713, primer párrafo del 778, 815, 1114, numeral 3 de 1141, segundo párrafo del artículo 1645 y 1671 del Código Civil.

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Nombre de archivo Archivo
30397-A_66003.pdf Ver

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Gaceta N° Fecha Archivo
30397-A 29/10/2025 Ver
Temas en la norma
Materia
ASAMBLEA NACIONAL
LEY
Jurisprudencia constitucional
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Referencias
LEY 492
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
2 (C. CIVIL) 22/08/1916 2418 07/09/1916 MODIFICA PARCIALMENTE La presente norma modifica el numeral 8 del artículo 641 (Incapaces por causa de indignidad), 697 (Discapacidad psicosocial o mental absoluta), 713 (Testigos en los testamentos), primer párrafo del 778 (Testamento libremente), 815 (prestar alimentos), 1114 (No pueden prestar conocimiento), numeral 3 de 1141 (nulidad absoluta en actos y contratos), segundo párrafo del artículo 1645 (perjuicios a los hijos menores de edad) y 1671 (suspensión de la prescripción ordinaria) del Código Civil.
Referencias anteriores

Fecha de norma: 22/08/1916

Gaceta: 2418 (07/09/1916)

Afectación: MODIFICA PARCIALMENTE

La presente norma modifica el numeral 8 del artículo 641 (Incapaces por causa de indignidad), 697 (Discapacidad psicosocial o mental absoluta), 713 (Testigos en los testamentos), primer párrafo del 778 (Testamento libremente), 815 (prestar alimentos), 1114 (No pueden prestar conocimiento), numeral 3 de 1141 (nulidad absoluta en actos y contratos), segundo párrafo del artículo 1645 (perjuicios a los hijos menores de edad) y 1671 (suspensión de la prescripción ordinaria) del Código Civil.

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