Datos generales
Norma: FALLO
Número de norma: S/N
Fecha de la norma: 30/12/1948
Autoridad: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Vigencia: COPIESE, NOTIFIQUESE Y ARCHIVESE
Gacetas: 10874 (20/04/1949)
Título: FALLO DE 30 DE DICIEMBRE DE 1948.
Comentario:

Se declara inexequible el párrafo del artículo 12 del Decreto 159 de 19 de septiembre de 1941 que dice así: "en aquellas compañías de seguros que tengan en la República no menos de cincuenta por ciento (50%) de su capital y sus reservas". por ser contraria al precepto contenido en la primera parte del artículo 235 de la Constitución nacional, que autoriza a toda persona natural o jurídica para ejercer el comercio al por mayor.

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Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
10874 20/04/1949 Ver
Temas en la norma
Materia
LICENCIA DE CONDUCIR
REGLAMENTO DE TRANSITO
VEHICULOS
Jurisprudencia constitucional
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Referencias
FALLO S/N
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
159 19/09/1941 8626 06/10/1941 DECLARA PARCIALMENTE INEXEQUIBLE DECLARA INEXEQUIBLE el párrafo del artículo 12 del Decreto 159 de 19 de septiembre de 1941 que dice así: "en aquellas compañías de seguros que tengan en la República no menos de cincuenta por ciento (50%) de su capital y sus reservas".
Referencias anteriores

Fecha de norma: 19/09/1941

Gaceta: 8626 (06/10/1941)

Afectación: DECLARA PARCIALMENTE INEXEQUIBLE

DECLARA INEXEQUIBLE el párrafo del artículo 12 del Decreto 159 de 19 de septiembre de 1941 que dice así: "en aquellas compañías de seguros que tengan en la República no menos de cincuenta por ciento (50%) de su capital y sus reservas".

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