El citado Decreto de Gabinete reguló lo referente al reglamento que expediría la Junta Directiva del Banco de Urbanización y Rehabilitación en relación con la adjudicación de los contratos de arrendamiento de los lotes a que se refiere el ordinal b) del Artículo 30 del Decreto Ley número 54 de 22 de agosto de 1944. TEMAS RELACIONADOS: LOTES , ADJUDICACION DE LOTES, ADJUDICACION DE TIERRAS, ARRENDAMIENTO, CONSEJO DE GABINETE, CONTRATO, CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, DECRETO DE GABINETE, BANCO DE URBANIZACION Y REHABILITACION.
Fecha de norma: 22/08/1944
Gaceta: 9486 (24/08/1944)
Afectación: SUBROGA PARCIALMENTE
El presente Decreto de Gabinete subrogó los Artículos 32 y 33 del Decreto Ley número 54 de 22 de agosto de 1944.