Datos generales
Norma: DECRETO LEY
Número de norma: 28
Fecha de la norma: 12/06/1947
Autoridad: CONSEJO DE GABINETE
Vigencia: 1 DE SEPTIEMBRE DE 1947
Gacetas: 10336 (02/07/1947)
Título: SOBRE IMPUESTO DE INMUEBLES.
Comentario:

La presente Norma dicta disposiciones sobre el impuesto de inmuebles. TEMAS RELACIONADOS: IMPUESTOS, INMUEBLES, DECRETO LEY.

Vigencias de la norma
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Archivos Fuentes
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Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
10336 02/07/1947 Ver
Temas en la norma
Materia
DECRETO LEY
IMPUESTOS
INMUEBLES
Jurisprudencia constitucional
Fecha Título Explicación Acciones
21/06/1950 "Didacio Silvera pidió se declararan inconstitucionales la parte final del artículo 61 de la Ley 134 de 1943 y el parágrafo II del artículo 2o. del Decreto-Ley No. 28 de 1947 en cuanto imponen a la Caja de Seguro Social la obligación de pagar impuestos nacionales de inmuebles sobre sus propiedades." DECLARA QUE SON INEXEQUIBLES el artículo 61 de la Ley 134 de 27 de abril de 1943 y el ordinal 2 del artículo 2 del Decreto Ley 28 de 12 de junio de 1947, en cuanto imponen a la Caja de Seguro Social la obligación de pagar el impuesto de inmuebles sobre sus propiedades. Ver
08/07/1948 Lino Boza demandó la inexequibilidad de los artículos 3,4,5 y 24 del Decreto Ley 28 de 12 de junio de 1947, sobre impuesto de inmuebles, por estimar que eran violatorios de los artículos 48 y 220 de la Constitución desde que, según el actor, aquellas disposiciones solo podrían expedirse por medio de una Ley. Declara que no son inconstitucionales las disposiciones acusadas del Decreto Ley 28 de 1947. Ver
21/06/1950

DECLARA QUE SON INEXEQUIBLES el artículo 61 de la Ley 134 de 27 de abril de 1943 y el ordinal 2 del artículo 2 del Decreto Ley 28 de 12 de junio de 1947, en cuanto imponen a la Caja de Seguro Social la obligación de pagar el impuesto de inmuebles sobre sus propiedades.

08/07/1948

Declara que no son inconstitucionales las disposiciones acusadas del Decreto Ley 28 de 1947.

Referencias
DECRETO LEY 28
REFERENCIAS POSTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
9 01/02/1954 12296 13/02/1954 SUBROGADO PARCIALMENTE POR La presente norma fue subrogada en su artículo 18, ordinal 5, por la ley 9 de 1954.
5 28/03/1953 12060 28/04/1953 DEROGADO PARCIALMENTE POR Los Artículos 7, 10, 11, 12, 13, 14 y 15 del presente Decreto Ley fueron derogados por el Decreto Ley número 5 de 28 de marzo de 1953.
S/N 21/06/1950 11266 12/08/1950 DECLARADO PARCIALMENTE INEXEQUIBLE POR El ordinal 2 del Artículo 2 de este Decreto Ley fue declarado inexequible por el fallo de 21 de junio de 1950.
Referencias posteriores

Fecha de norma: 01/02/1954

Gaceta: 12296 (13/02/1954)

Afectación: SUBROGADO PARCIALMENTE POR

La presente norma fue subrogada en su artículo 18, ordinal 5, por la ley 9 de 1954.

Fecha de norma: 28/03/1953

Gaceta: 12060 (28/04/1953)

Afectación: DEROGADO PARCIALMENTE POR

Los Artículos 7, 10, 11, 12, 13, 14 y 15 del presente Decreto Ley fueron derogados por el Decreto Ley número 5 de 28 de marzo de 1953.

Fecha de norma: 21/06/1950

Gaceta: 11266 (12/08/1950)

Afectación: DECLARADO PARCIALMENTE INEXEQUIBLE POR

El ordinal 2 del Artículo 2 de este Decreto Ley fue declarado inexequible por el fallo de 21 de junio de 1950.

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