Mediante el presente Decreto, se reguló la reexportación de mercancías "a la orden", asignando a la Administración General de Aduanas la supervigilancia del cumplimiento de esta norma. En ese sentido, se dictaron disposiciones respecto de las naves en las que se podía realizar esta actividad, las características de los locales arrendados para el almacenaje de la mercancía y los requisitos exigidos a los reexportadores. TEMAS RELACIONADOS: MERCANCIA, MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO, ADMINISTRACION GENERAL DE ADUANAS, ADUANA, DECRETO, REEXPORTACIONES, ALMACEN OFICIAL DE DEPOSITO.
Fecha de norma: 10/01/1953
Gaceta: 12080 (22/05/1953)
Afectación: MODIFICADO PARCIALMENTE POR
El Artículo 1 de este Decreto fue modificado por el Decreto número 183 de 10 de enero de 1953.
Fecha de norma: 20/08/1938
Gaceta: 7851 (24/08/1938)
Afectación: ADICIONA
Este Decreto adicionó el Decreto número 86 de 20 de agosto de 1938.
Fecha de norma: 12/12/1936
Gaceta: 7439 (15/12/1936)
Este Decreto adicionó el Decreto número 211 de 12 de diciembre de 1936.
Fecha de norma: 16/11/1933
Gaceta: 6695 (17/11/1933)
Este Decreto adicionó el Decreto número 153 de 16 de noviembre de 1933.