Por medio del presente Decreto se procedió a reglamentar las disposiciones relacionadas con la expedición de cédulas de identidad personal, contempladas en el Título IV de la Ley número 60 de 30 de septiembre de 1946, que reorganizó los servicios del Registro del Estado Civil. TEMAS RELACIONADOS: MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA, CEDULA DE IDENTIDAD, REGISTRO CIVIL, CEDULACION.
Fecha de norma: 30/09/1946
Gaceta: 10113 (02/10/1946)
Afectación: REGLAMENTA PARCIALMENTE
Este Decreto reglamentó el Título IV de la Ley número 60 de 30 de septiembre de 1946.