Datos generales
Norma: LEY
Número de norma: 45
Fecha de la norma: 02/12/1952
Autoridad: ASAMBLEA NACIONAL
Vigencia: EJECUTESE Y PUBLIQUESE
Gacetas: 11962 (27/12/1952)
Título: POR LA CUAL SE REGULA EL IMPUESTO SOBRE TIERRAS INCULTAS.
Comentario:

Se dispone, que son objeto del Impuesto sobre Tierras Incultas, las tierras rurales de propiedad particular situadas en el territorio jurisdiccional de la República, cuya extensión exceda de quinientas hectáreas y que no contengan siembras, preparación o transformación del terreno con el fin de hacerlas; pastos o hierbas naturales o artificiales que se utilicen para el mantenimiento de ganado o dedicados a la actividad comercial o industrial. La presente norma deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. TEMAS RELACIONADOS: IMPUESTOS, LEY, TIERRAS NACIONALES, ASAMBLEA NACIONAL, TIERRAS INCULTAS.

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Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
11962 27/12/1952 Ver
Temas en la norma
Materia
ASAMBLEA NACIONAL
IMPUESTOS
LEY
TIERRAS INCULTAS
TIERRAS NACIONALES
Jurisprudencia constitucional
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Referencias
LEY 45
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
76 20/06/1941 8550 07/07/1941 DEROGA PARCIALMENTE Deroga el capítulo 2 de la Ley No 76 de 20 de junio de 1941.
Referencias anteriores

Fecha de norma: 20/06/1941

Gaceta: 8550 (07/07/1941)

Afectación: DEROGA PARCIALMENTE

Deroga el capítulo 2 de la Ley No 76 de 20 de junio de 1941.

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