| Comentario: |
Mediante la presente Ley, se creó la Autoridad del Canal de Panamá, como una entidad de derecho público, constituida y organizada en base a la Constitución Política de la República, la cual tendría como objetivo, el manejo y administración organizativa, financiera, jurídica, técnica, laboral y funcional del Canal de Panamá, a partir del mediodía del 31 de diciembre de 1999, momento en que reemplazaría a la Comisión del Canal de Panamá. Esta Ley consta de diez capítulos desarrollados de la siguiente manera: Capítulo I, que contiene definiciones y normas de carácter general; Capítulo II, relativo a la organización administrativa; Capítulo III, concerniente al patrimonio, finanzas y fiscalización; Capítulo IV, naves y navegación por el Canal; Capítulo V, sobre la administración del personal y las relaciones laborales; Capítulo VI, relativo al mantenimiento del Canal; Capítulo VII, sobre el medio ambiente y la cuenca hidrográfica del Canal; Capítulo VIII, disposiciones finales; y, Capítulo IX, disposiciones transitorias; y, Capítulo X, sobre vigencia de la ley. TEMAS RELACIONADOS: LEY, MEDIO AMBIENTE, ESTRUCTURA INSTITUCIONAL, AREA DEL CANAL, ASAMBLEA LEGISLATIVA, AUTORIDAD DEL CANAL DE PANAMA, CANAL DE PANAMA, NAVEGACION, NAVES, BARCOS, RELACIONES LABORALES, ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA, CANAL INTEROCEANICO, CUENCA HIDROGRAFICA. |