En virtud de la norma en referencia, se crea el Instituto Nacional Indigenista y de Antropología Social, como dependencia del Ministerio de Gobierno y Justicia, que tendrá entre sus principales funciones el estudio, en todos los aspectos, de la población indígena de nuestro país. Esta norma deroga la Ley N° 18 del 14 de febrero de 1952, así como todas las disposiciones legales que le sean contraria. TEMAS RELACIONADOS: INDIGENAS, LEY, MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA, ASAMBLEA NACIONAL, INSTITUTO NACIONAL INDIGENISTA Y DE ANTROPOLOGIA SOCIAL, ANTROPOLOGIA.
Fecha de norma: 07/03/1997
Gaceta: 23242 (11/03/1997)
Afectación: DEROGADO POR
Esta Ley fue derogada por la Ley número 10 de 7 de marzo de 1997.
Fecha de norma: 14/02/1952
Gaceta: 11717 (25/02/1952)
Afectación: DEROGA
Esta norma deroga la Ley N° 18 de 14 de febrero de 1952.