Por medio de esta Ley, se creó la Comarca Ngöbe-Buglé como una división política especial en el territorio de la República de Panamá, conformada por tres grandes regiones extendidas sobre parte de la porción continental e insular de las provincias de Bocas del Toro, Chiriquí y Veraguas. En adición, se dictan normas sobre régimen de propiedad de las tierras, gobierno y administración de la Comarca, administración de justicia, economía, recursos naturales, sitios y objetos arqueológicos, educación y salud, y circuitos electorales. TEMAS RELACIONADOS: LEY, PROVINCIA DE BOCAS DEL TORO, COMARCA NGOBE BUGLE.
Fecha de norma: 26/03/2012
Gaceta: 27001 (26/03/2012)
Afectación: DEROGADO PARCIALMENTE POR
El artículo 48 de esta ley fue derogado por la ley 11 de 26 de marzo de 2012.
Fecha de norma: 17/12/2002
Gaceta: 24705 (23/12/2002)
Afectación: MODIFICADO PARCIALMENTE POR
El Artículo 7 de esta Ley fue modificado por la Ley número 60 de 17 de diciembre de 2002.
Fecha de norma: 07/02/2001
Gaceta: 24238 (09/02/2001)
Afectación: ADICIONADO PARCIALMENTE POR
Esta Ley fue adicionada con un parágrafo en el artículo 48 y un párrafo en el artículo 50, por la Ley número 15 de 7 de febrero de 2001.
Fecha de norma: 30/01/1958
Gaceta: 13485 (08/03/1958)
Afectación: DEROGA
La presente Ley derogó a la Ley número 27 de 30 de enero de 1958.
Fecha de norma: 08/11/1934
Gaceta: 6934 (13/11/1934)
La presente Ley derogó a la Ley número 18 de 8 de noviembre de 1934.