Datos generales
Norma: RESOLUCION
Número de norma: 201-48
Fecha de la norma: 18/10/1977
Autoridad: DIRECCION GENERAL DE INGRESOS
Vigencia: 15 DIAS HABILES A PARTIR DE SU PUBLICACION
Gacetas: 18454 (09/11/1977)
Título: RESOLUCION No. 201-48.
Comentario:

A través de la presente Resolución, la cual carece de título, se establecen los requisitos que deben cumplir las empresas que deseen acogerse a los beneficios de que trata del Decreto de Gabinete 413 de 30 de diciembre de 1970. TEMAS RELACIONADOS: IMPUESTOS, RESOLUCION, EMPRESAS, INCENTIVOS, DIRECCION GENERAL DE INGRESOS.

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Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
18454 09/11/1977 Ver
Temas en la norma
Materia
DIRECCION GENERAL DE INGRESOS
EMPRESAS
IMPUESTOS
INCENTIVOS
RESOLUCION
Jurisprudencia constitucional
Fecha Título Explicación Acciones
21/03/1997 Demanda de Inconstitucionalidad propuesta por ,ario Galindo Heurtemate contra el articulo 7 del Decreto de Gabinete 109 de 7 de mayo de 1970 y la Resolucion 201-48 de 18 de octubre de 1977. DECLARA: PRIMERO: Que se ha producido el fenómeno jurídico de COSA JUZGADA CONSTITUCIONAL respecto al artículo 7º del Decreto de Gabinete Nº 109 de 7 de mayo de 1970 y el punto 2º de la Resolución 201-48 de 18 de octubre de 1977; y SEGUNDO: QUE ES INCONSTITUCIONAL la Resolución Nº 201-48 de 18 de octubre de 1977, emitida por el Director General de Ingresos del Ministerio de Hacienda y Tesoro. Ver
04/02/1992 Advertencia de inconstitucionalidad interpuesta por el licenciado MARIO GALINDO HEURTEMATE en contra del artículo 7 del Decreto de Gabinete No.109 de 1970 y el de la Resolución No.201-48 de 18 de octubre de 1977, dictada por el Director General de Ingresos. DECLARA QUE SON INCONSTITUCIONALES el artículo 7 del Decreto de Gabinete 109 de 7 de mayo de 1970 y el punto 2 de la parte resolutiva de la Resolución 201-48 de 18 de octubre de 1977. Ver
21/03/1997

DECLARA: PRIMERO: Que se ha producido el fenómeno jurídico de COSA JUZGADA CONSTITUCIONAL respecto al artículo 7º del Decreto de Gabinete Nº 109 de 7 de mayo de 1970 y el punto 2º de la Resolución 201-48 de 18 de octubre de 1977; y SEGUNDO: QUE ES INCONSTITUCIONAL la Resolución Nº 201-48 de 18 de octubre de 1977, emitida por el Director General de Ingresos del Ministerio de Hacienda y Tesoro.

04/02/1992

DECLARA QUE SON INCONSTITUCIONALES el artículo 7 del Decreto de Gabinete 109 de 7 de mayo de 1970 y el punto 2 de la parte resolutiva de la Resolución 201-48 de 18 de octubre de 1977.

Referencias
RESOLUCION 201-48
REFERENCIAS POSTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
S/N 21/03/1997 23297 28/05/1997 DECLARADO INCONSTITUCIONAL POR Esta Resolución fue declarada inconstitucional mediante el fallo de 21 de marzo de 1997.
S/N-3 04/02/1992 22037 19/05/1992 DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR El punto 2 de esta Resolución, es declarada inconstitucional por el Fallo de 4 de febrero de 1992.
Referencias posteriores

Fecha de norma: 21/03/1997

Gaceta: 23297 (28/05/1997)

Afectación: DECLARADO INCONSTITUCIONAL POR

Esta Resolución fue declarada inconstitucional mediante el fallo de 21 de marzo de 1997.

Fecha de norma: 04/02/1992

Gaceta: 22037 (19/05/1992)

Afectación: DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR

El punto 2 de esta Resolución, es declarada inconstitucional por el Fallo de 4 de febrero de 1992.

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