Datos generales
Norma: LEY
Número de norma: 11
Fecha de la norma: 10/02/1978
Autoridad: CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
Vigencia: A PARTIR DE SU PROMULGACION
Gacetas: 18519 (17/02/1978)
Título: POR LA CUAL SE DICTAN MEDIDAS EN RELACION CON LOS MEDIOS DE COMUNICACION SOCIAL Y PUBLICACION DE MATERIAL IMPRESO.
Comentario:

Por conducto de la referida norma se establecen reglas a los medios de comunicación social de radio y televisión, así como para la publicacón de material impreso. Quedan derogadas todas las disposiciones contrarias a la presente Ley. TEMAS RELACIONADOS: LEY, MEDIOS DE COMUNICACION SOCIAL, CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION.

Vigencias de la norma
No hay vigencias registradas para esta norma.
Archivos Fuentes
Archivos de la norma
Nombre de archivo Archivo
18519_17083.pdf Ver

Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
18519 17/02/1978 Ver
Temas en la norma
Materia
CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
LEY
MEDIOS DE COMUNICACION SOCIAL
Jurisprudencia constitucional
Fecha Título Explicación Acciones
07/06/1991 El Licdo. Rogelio Cruz Ríos, en ejercicio de la acción popular consagrada en el artículo 203, numeral 1, de la Constitución nacional, ha elevado ante el Pleno de la corte Suprema de justicia advertencia de inconstitucionalidad de normas aplicables en el procedimiento administrativo seguido por el ministro de Gobierno y Justicia (con base en la Ley 11 de 1978) a la periodista FQ. DECLARA QUE ES INCONSTITUCIONAL el artículo 18 de la Ley 11 de 10 de febrero de 1978. Ver
18/10/1986 El director del diario La Prensa anunció formalmente la advertencia de inconstitucionalidad en el procedimiento administrativo que adelanta el Ministerio de Gobierno y Justicia, con motivo de la denuncia presentada el día 8 de febrero de 1985 por el señor PC. DECLARA QUE SON CONSTITUCIONALES los artículos 15, 16 y 17 de la Ley 11 de 10 de febrero de 1978. Ver
07/06/1991

DECLARA QUE ES INCONSTITUCIONAL el artículo 18 de la Ley 11 de 10 de febrero de 1978.

18/10/1986

DECLARA QUE SON CONSTITUCIONALES los artículos 15, 16 y 17 de la Ley 11 de 10 de febrero de 1978.

Referencias
LEY 11
REFERENCIAS POSTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
22 29/06/2005 25336 06/07/2005 DEROGADO POR La Ley No.22 de 29 de junio de 2005, deroga la Ley No.11 de 10 de febrero de 1978.
55 20/12/1999 23953 23/12/1999 DEROGADO PARCIALMENTE POR La Ley No.55 de 20 de diciembre de 1999, deroga los artículos 15, 16, 17 y 19 de la Ley 11 de 1978.
66 22/09/1988 21144 27/09/1988 REGLAMENTADO PARCIALMENTE POR El Artículo 4 de la mencionada Ley, es reglamentado por el Decreto No. 66 de 22 de Septiembre de 1988.
Referencias posteriores

Fecha de norma: 29/06/2005

Gaceta: 25336 (06/07/2005)

Afectación: DEROGADO POR

La Ley No.22 de 29 de junio de 2005, deroga la Ley No.11 de 10 de febrero de 1978.

Fecha de norma: 20/12/1999

Gaceta: 23953 (23/12/1999)

Afectación: DEROGADO PARCIALMENTE POR

La Ley No.55 de 20 de diciembre de 1999, deroga los artículos 15, 16, 17 y 19 de la Ley 11 de 1978.

Fecha de norma: 22/09/1988

Gaceta: 21144 (27/09/1988)

Afectación: REGLAMENTADO PARCIALMENTE POR

El Artículo 4 de la mencionada Ley, es reglamentado por el Decreto No. 66 de 22 de Septiembre de 1988.

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