Datos generales
Norma: FALLO
Número de norma: S/N
Fecha de la norma: 07/10/1983
Autoridad: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Vigencia: COPIESE, NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y ARCHIVESE
Gacetas: 19977 (18/01/1984)
Título: FALLO DE 7 DE OCTUBRE DE 1983.
Comentario:

Por medio del presente fallo se declaró que eran inconstitucionales la siguientes disposiciones de la Ley número 67 de 19 de septiembre de 1978: A) la palabra "profesional" contenida en el literal c) del Artículo 4; B) los términos Editorialista, Columnista, Fotógrafo de Prensa y Corrector de Estilo, contenidos en el Artículo 6; y, C) la frase "Certificado de Idoneidad de Periodista" y la proposición "los periodistas que obtuvieron el certificado de idoneidad recibirán, por derecho propio en el término de treinta (30) días a la presentación de la solicitud", contenidos en el Artículo 7. TEMAS RELACIONADOS: PERIODISMO, PERIODISTAS, LEY, MEDIOS DE COMUNICACION SOCIAL, PRENSA, IDONEIDAD, INCONSTITUCIONALIDAD, CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD, RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD, LIBERTAD DE PRENSA, FALLO, FALLO DE INCONSTITUCIONALIDAD, COMUNICACION SOCIAL.

Vigencias de la norma
No hay vigencias registradas para esta norma.
Archivos Fuentes
Archivos de la norma
Nombre de archivo Archivo
19977_19601.pdf Ver

Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
19977 18/01/1984 Ver
Temas en la norma
Materia
COMUNICACION SOCIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD
FALLO
FALLO DE INCONSTITUCIONALIDAD
IDONEIDAD
INCONSTITUCIONALIDAD
LEY
LIBERTAD DE PRENSA
MEDIOS DE COMUNICACION SOCIAL
PERIODISMO
PERIODISTAS
PRENSA
RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
Jurisprudencia constitucional
No hay jurisprudencia constitucional relacionada.
Referencias
FALLO S/N
REFERENCIAS POSTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
S/N 18/10/1983 19968 04/01/1984 ACLARADO PARCIALMENTE POR La parte resolutiva de este fallo fue aclarada por el fallo de 18 de octubre de 1983.
FALLO S/N
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
67 19/09/1978 18672 27/09/1978 DECLARA PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL Este fallo declaró que eran inconstitucionales las siguientes disposiciones de la Ley número 67 de 19 de septiembre de 1978: A) la palabra "profesional" contenida en el literal c) del Artículo 4; B) los términos Editorialista, Columnista, Fotógrafo de Prensa y Corrector de Estilo, contenidos en el Artículo 6; y, C) la frase "Certificado de Idoneidad de Periodista" y la proposición "los periodistas que obtuvieron el certificado de idoneidad recibirán, por derecho propio en el término de treinta (30) días a la presentación de la solicitud", contenidos en el Artículo 7.
Referencias posteriores

Fecha de norma: 18/10/1983

Gaceta: 19968 (04/01/1984)

Afectación: ACLARADO PARCIALMENTE POR

La parte resolutiva de este fallo fue aclarada por el fallo de 18 de octubre de 1983.

Referencias anteriores

Fecha de norma: 19/09/1978

Gaceta: 18672 (27/09/1978)

Afectación: DECLARA PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL

Este fallo declaró que eran inconstitucionales las siguientes disposiciones de la Ley número 67 de 19 de septiembre de 1978: A) la palabra "profesional" contenida en el literal c) del Artículo 4; B) los términos Editorialista, Columnista, Fotógrafo de Prensa y Corrector de Estilo, contenidos en el Artículo 6; y, C) la frase "Certificado de Idoneidad de Periodista" y la proposición "los periodistas que obtuvieron el certificado de idoneidad recibirán, por derecho propio en el término de treinta (30) días a la presentación de la solicitud", contenidos en el Artículo 7.

Textos únicos
No hay textos únicos relacionados para esta norma.